Sobre la Ineficacia de los Supuestos Medicamentos Genéricos y otras Mentiras de los Sabios de la Academia
Es de público
conocimiento que el DNU y el paquete de leyes que impulsa la nueva administración
ha provocado polémicas, controversias y mucha resistencia, es lógico que esto suceda cuando se tocan
intereses, o cuando se vulneran derechos, y me parece que está claro que muchos
quieren hacer ver sus intereses o privilegios como derechos. Y entre estas leyes,
a la
que me quiero referir es a la ley que trata la prescripción de medicamentos por
el nombre de la droga y no por la marca comercial.
Lo primero que me viene
a la mente es el recuerdo de 3 hechos pasados relacionados, dos de los cuales
me involucran directamente, y que en orden cronológico son: 1) Allá por el año
1991 o 1992 se había empezado hablar de la cuestión de recetar por nombre de la
droga (en Argentina una y otra vez volvemos sobre los mismos temas). Había un
programa político muy visto, con un rating impensado para estos días, llamado
Tiempo Nuevo, los que pasan los 50 años seguro lo recuerdan. Su conductor,
Bernardo Neustadt, convocó a 4 médicos reconocidos (quizás el más conocido de todos en ese
momento era el Dr. Eduardo Lorenzo Borocotó), para tratar el tema.
Pero Neustadt no armó un debate con voces a favor y voces en contra, sino que
sus cuatro invitados atacaron duramente la propuesta de recetar por nombre de
la droga, lo hicieron con argumentos banales y muy poco serios, al punto que
uno de ellos llegó a decir que en pediatría los médicos recetaban a menudo un
medicamento (dio el nombre comercial) que contenía un corticoide, un
antibiótico y un antimicótico, pero que si le preguntaban a él o a cualquier
médico cual era el corticoide, el antibiótico
y el antimicótico no se lo acordaban. Desde el punto de
vista del
uso racional de los fármacos esto es una completa
aberración, pero a nadie le llamó la atención, excepto a quien esto escribe quien,
junto con una colega y amiga, la Dra. Alejandra Luraghi, decidimos escribirle
una carta al conductor del programa refutando cada punto que sus invitados
habían argumentado. Obviamente que Neustadt nunca leyó la carta al aire, no le
interesaba el debate. Enviamos cartas a otros dos programas políticos y tampoco
obtuvimos respuesta. Algunos recordarán que la presentación de los auspiciantes
del programa decía “estas empresas a las que les interesa el país presentan
Tiempo Nuevo”, entre esas empresas interesadas había algunos de los más
importantes laboratorios farmacéuticos de capitales nacionales. 2) Pocos años
después, a mediados de los noventa, se comenzaba a debatir la Ley de Patentes y
otra vez volvía a estar sobre el tapete el tema de los medicamentos de marca y
los genéricos, quiso el destino que me tocará reunirme en el Congreso con un
grupo de asesores de los diputados de una nueva fuerza política de entonces
para tratar de ponerlos un poco en tema ya que no tenían mucha idea al respecto. Poco
después se promulgaba la ley a la que me voy a referir más adelante. 3) Ya más
cerca en el tiempo, todo este debate me trajo el recuerdo de cuando en plena
pandemia empezaban a aprobarse las primeras vacunas y había mucha gente que
unos días atrás no tenían idea lo que era un ensayo clínico, pero de repente se habían
vuelto especialistas en fase 3, fase 4 y cualquier otra fase que le pusieran
delante. Ahora escucho por todos lados especialistas en medicamentos genéricos
que no son profesionales, pero te hablan de biodisponibilidad o bioequivalencia
como si entendieran algo. Pero este no es el mayor problema, lo grave es cuando
se escuchan a algunos profesionales que parece que el capítulo de
farmacocinética se lo saltearon, o peor aún, algunos profesionales
cuando prescriben parece
que lo que se saltearon fue la materia completa farmacología, o la tienen muy
olvidada y prefieren recetar en base a lo que les sugiere “el valija” (nombre
con el que en la jerga farmacéutica se le conoce al visitador médico).
Pero la cuestión principal
que me movió a escribir estas líneas, es que apenas se conoció
el proyecto de ley, especialmente por el art. 266 que dice: toda receta o
prescripción deberá efectuarse en forma obligatoria expresando exclusivamente el
nombre genérico del medicamento o denominación común internacional que se
indique seguida de forma farmacéutica dosis/unidad con detalle del grado de
concentración”,
la Academia Nacional de Medicina y otras asociaciones médicas se expresaron en
contra de esta ley, y algunos médicos mediáticos también mostraron su
desacuerdo. Como algunos simpatizantes con la medida argumentaron que los médicos
estaban en desacuerdo porque en realidad estaban entongados con los
laboratorios, un conocido médico que participa en programas en Radio Rivadavia
y La Nación +, el Dr. Claudio Zin, dijo indignado que en vez de
injuriar así había que escuchar a quienes llamó “los viejos sabios de la
Academia”, dando a entender que no había posibilidad alguna de interés
económico sino que se manifestaban en contra porque su sapiencia y experiencia les
hacía ver que el cambio propuesto en la ley era perjudicial para la salud
pública.
Y ahora sí me meto de
lleno en el tema. Lo primero que hay que aclarar porque veo que hay muchos muy
confundidos, es que en Argentina casi no existen medicamentos genéricos, porque
para que haya un medicamento genérico tiene que haber un medicamento original y
para eso primero tiene que haber una ley de patentes, que en nuestro país
existe pero prácticamente no se aplica, en Argentina lo que hay en
materia de medicamentos son
copias, algunas con marcas y otras con nombre de la droga seguida del nombre
del laboratorio que fabrica el medicamento, pero ambas son copias y no
originales. Por eso la ley habla de recetar por nombre genérico de la droga,
que es distinto a recetar un genérico. Veamos esto de las patentes un poco más
en detalle.
La Ley de Patentes N° 111, a través de su art.
4, estableció que las composiciones farmacéuticas no serían susceptibles de
patentamiento, pero dicha ley fue sancionada en 1864, y en esa época el
concepto de “composición farmacéutica” se encontraba ligado a las mezclas o
formulaciones medicamentosas que contenían principios activos de origen
natural, fueran éstos de naturaleza orgánica o inorgánica y de constitución
conocida o desconocida. Por eso algunos opinan que se interpretó erróneamente
como comprensiva de los compuestos farmacéuticos de síntesis, y otros
interpretan que el art. 4 de la Ley N° 111 contradijo lo expresado por los
arts. 17 y 28 de la Constitución Nacional (todo inventor es propietario
exclusivo de su invento / los principios, garantías y derechos constitucionales
no podrán ser alterados por las leyes que reglamenten su ejercicio), como sea, la
Ley N° 111 mantuvo su vigencia durante más de 130 años hasta la sanción de la
nueva Ley de Patente N° 24.481, la cual entró en vigencia el 29 de septiembre
de 1995, favoreciendo de este modo y hasta la sanción de la nueva ley, el
crecimiento de una próspera industria farmacéutica de copia, en virtud de la
posibilidad de imitar medicamentos probadamente exitosos y desprotegidos de
patentes nacionales, sin el estímulo necesario para desarrollarse en el campo
adicional de la investigación. Por esta razón los laboratorios farmacéuticos
nacionales siempre se opusieron fuertemente a la sanción de la Ley de Patentes.
Fue entonces
a fines del siglo XX que en la Argentina
empezaron a otorgarse patentes sobre principios activos farmacéuticos. Esto
obviamente benefició a los laboratorios extranjeros, pero a finales de la
década del 2000 los laboratorios farmacéuticos nacionales se vieron nuevamente
beneficiados puesto que las autoridades del Instituto Nacional de Protección
Industrial (INPI) modificaron la interpretación de los requisitos de
patentabilidad, adoptando nuevamente criterios limitantes, incluso notablemente
más restrictivos que los aplicados durante la vigencia de la Ley 111 al afectar
ahora al conjunto de los productos farmacéuticos patentables, y que además se
aplicaría con retroactividad a las solicitudes en trámite. Esta es la razón por
la cual en Argentina hay muy pocos medicamentos originales, que son los
medicamentos cuyos principios activos han sido inventados, investigados y
desarrollados por un laboratorio para tratar la patología para la cual se
aprobó su uso y hay una patente que protege al laboratorio de que otros
comercialicen copias no autorizadas. Y aquí surge el concepto de medicamento
genérico, toda especialidad medicinal cuyo principio activo, forma
farmacéutica, dosis y forma de administración es idéntica a otra innovadora
aprobada por la entidad regulatoria y cuya eficacia y seguridad han sido
debidamente establecidas. Los medicamentos genéricos salen al mercado una vez
caducada la patente del fármaco original. La especialidad
farmacéutica genérica ha de mostrar la bioequivalencia terapéutica con la
especialidad de referencia mediante los correspondientes estudios de
bioequivalencia, para garantizar que son intercambiables entre sí (que
la respuesta terapéutica a
los dos fármacos sea equivalente). Se define la bioequivalencia como
la intercambiabilidad de dos especialidades farmacéuticas que tienen el mismo
principio activo y biodisponibilidad equivalente. Esta definición nos conduce a
la de biodisponibilidad, que hace referencia a la cantidad de fármaco que llega
en forma activa a la circulación sistémica y la velocidad a la que accede a
ésta, es decir, la fracción de medicamento capaz de llegar al lugar de acción.
Depende de las características fisicoquímicas del principio activo, de los
excipientes, del proceso de fabricación y de la conservación de la forma
farmacéutica, y también de las características intrínsecas al individuo, como
la motilidad intestinal o el pH gástrico. Cualquier modificación
en alguno de estos factores puede alterar tanto la cantidad total de principio
activo absorbido como la velocidad a la que se absorbe. Si el fármaco se
absorbe en mayor cantidad o más rápidamente puede alcanzar niveles tóxicos. Y
si el grado de absorción es menor o más lento puede no alcanzar respuesta
terapéutica. La
biodisponibilidad es la velocidad y cantidad con que un principio activo
alcanza el sitio de acción (disponibilidad biológica). Ocurre que, clínicamente
es imposible determinar la cantidad de principio activo en el sitio de acción.
Se sabe que la concentración de una droga en la biofase (sitio de acción) es
proporcional a la concentración de principio activo en la circulación
sistémica, de allí que surge el concepto "operativo" de biodisponibilidad:
velocidad y cantidad con que un principio activo, liberado desde una forma
farmacéutica, alcanza la circulación sistémica (OMS/OPS, 1999; Iannantuono y
Tessler, 1994). Los
primeros que utilizaron los estudios de bioequivalencia fueron los propios
laboratorios farmacéuticos,
ya que en la mayoría
de las ocasiones el proceso de investigación
y desarrollo de un producto original requiere de estos estudios para avalar la
especialidad que está
en el mercado. Estos
estudios son llevados a cabo por el elaborador original del producto durante la
Fase I de la Farmacología Clínica y se realizan con y sin alimentos, con el
objeto de observar la influencia del alimento en la absorción del medicamento.
Cuando
un nuevo producto original es investigado por primera vez, normalmente inicia
una larga sucesión de pruebas preclínicas, ensayos clínicos y desarrollo galénico que permitirán concluir cuáles son las condiciones
concretas de administración, sobre qué población ese producto es eficaz
y cuál es la formulación con la cual se
comercializará. Otra aplicación de los estudios de
bioequivalencia como herramienta en evaluación reside en la
autorización de lo que en el ámbito regulador se
conoce como «extensiones de línea», es decir, sucesivas
formas farmacéuticas o sucesivas dosis
de un medicamento que ya está en el mercado.
Normalmente
la primera autorización de un producto con un
principio activo nuevo es para una forma farmacéutica sencilla, como
comprimidos o cápsulas para administración por vía oral. Si
posteriormente el laboratorio quiere comercializar otra forma farmacéutica distinta (por
ejemplo, un jarabe), es lógico que no repita los
ensayos de eficacia, sino que simplemente tenga que demostrar que con la nueva
forma farmacéutica se obtienen los
mismos niveles plasmáticos que con los
comprimidos o cápsulas comercializados.
De la misma manera, si la pauta autorizada incluye la toma de, por ejemplo, dos
comprimidos juntos, es normal que posteriormente se pretenda registrar un
comprimido con el doble de dosis y simplemente se tenga que demostrar que los
niveles plasmáticos que se obtienen
son los mismos. En ambas situaciones el médico tendrá la seguridad de que está administrando la misma
cantidad de medicamento al paciente y la elección de uno u otro dependerá de sus preferencias o
de las características del paciente.
También puede suceder que al
modificar la dosis o la forma farmacéutica la composición en excipientes no sea
la misma (tamaño excesivo, motivos
tecnológicos). De nuevo la
demostración de la bioequivalencia
es indispensable para garantizar que los medicamentos son intercambiables. De
todo esto podemos concluir que los estudios de bioequivalencia no se han desarrollado exclusivamente como una herramienta para comercializar medicamentos genéricos.
En la Argentina, la exigencia de
bioequivalencia para las especialidades medicinales surge a partir de la
Disposición 3185 de la A.N.M.A.T., que entra en
vigor en el año 1999, y
establece la exigencia de demostración de bioequivalencia para principios
activos de alto riesgo sanitario. En años posteriores, se incorporaron una serie de
normativas que extienden la obligatoriedad de bioequivalencia para principios
activos como antirretrovirales, inmunosupresores, medicación psiquiátrica, y
algunos otros fármacos que presentan características biofarmacéuticas
especiales. En la actualidad, en nuestro país, y luego de casi 25 años de la
primer Disposición; se exigen pruebas de bioequivalencia, solamente para unos 50 principios activos y
aproximadamente sólo existen 300 especialidades medicinales en el mercado con
Bioequivalencia declarada.
O sea,
cuando los médicos dicen que los genéricos no tienen hechas las pruebas de
bioequivalencia están diciendo una verdad a medias, primero porque confunden
medicamento original o medicamento de referencia con medicamento de marca, y
segundo porque son muy pocos los medicamentos con estudios de bioequivalencia realizados ya sean de laboratorios importantes o de
laboratorios más pequeños. Y como al participar de foros
médicos veo que hay profesionales que no tienen idea de cuáles son los medicamentos con estudios de
biodisponibilidad realizados, aquí les dejo el enlace donde pueden consultarlos:
Y
el link para consultar toda la normativa ANMAT al respecto desde que entró en vigencia en 1999
hasta la fecha:
anmat_normativas_bd_be_enero_2024.pdf
(argentina.gob.ar)
Si leyéramos información sobre genéricos de la FDA (les dejo el enlace a
aquellos interesados: Medicamentos Genéricos: Preguntas y Respuestas | FDA ) veríamos que hablan de medicamentos de
marca, pero en USA y en otros países medicamento de marca
es sinónimo de medicamento original, no solo se trata de un registro de nombre
comercial sino también de la propiedad intelectual sobre todo el desarrollo del
medicamento, en Argentina, en la mayoría de los casos, la marca solo es un
registro del nombre comercial.
Entonces
lo que hace un médico cuando aconseja una marca es guiarse por su experiencia clínica
con esa marca (lo cual es muy válido y atendible) o por la confianza que le
inspira un determinado laboratorio, pero en la mayoría de los casos no tiene elementos para
considerar que una marca es mejor que otra. También es importante remarcar que
la industria farmacéutica nacional es de gran jerarquía, elabora en su conjunto
medicamentos de alta calidad y además existen relativamente muy
pocos reportes de desvíos de calidad en el Sistema Nacional de
Farmacovigilancia, y menos aún son los casos comprobados, que además a veces
son productos elaborados por laboratorios de primera línea. Aunque el
último informe actualizado es del 2016, digamos que llevan un poco de atraso
para subir la información, la cual la encuentran en el siguiente enlace: farmacovigilancia-informe_2016.pdf
(argentina.gob.ar).
En este mismo sentido
debo decir que si efectivamente, como plantean las asociaciones médicas, hubiera
medicamentos inseguros en el mercado argentino, el tema no se soluciona con
permitir que los médicos prescriban sugiriendo una marca, el problema grave y
de fondo sería que el estado no estaría controlando como se
debe y/o que los profesionales no estarían denunciando
debidamente los casos de desvíos de calidad que detectan, por lo tanto las
asociaciones médicas deberían haber alzado la voz hace mucho tiempo, sin
embargo, nunca los escuché. Y atención, es muy posible y hasta probable que el
estado no cumpla con todas las funciones de control que le corresponden en todo
lo referente a políticas de medicamentos, pero eso se soluciona logrando que el
Estado haga su trabajo.
Ahora veamos otras cuestiones que me hacen
dudar sobre los verdaderos motivos por los cuales las asociaciones médicas se
pusieron en alerta. Que sucede con los pacientes que se atienden en
instituciones (hospitales, clínicas, sanatorios, etc.), es bien sabido que las
instituciones licitan las compras de medicamentos por precio, y que el médico
que atiende en la institución prescribe pero el paciente recibe la marca que el
centro de salud tenga disponible, ¿por qué entonces en esos casos nadie se
queja?, ¿será que un medicamento puede ser inseguro si lo elige un paciente o
lo sugiere un farmacéutico pero se transforma automáticamente en un medicamento
confiable si lo administran en un hospital? Tal vez algún viejo sabio de la
Academia tenga la respuesta.
Otro punto sobre el que insisten muchos que
atacan la norma es que siendo la prescripción un acto exclusivamente médico y
que si el médico indica una marca lo hace según su experiencia y conocimiento,
no se puede permitir que un empleado de farmacia tome la decisión de cambiar
una marca por otra basándose solamente en el precio. Al decir esto parece que
olvidan que en la farmacia debe haber presente un farmacéutico y que la ley
25649, sancionada el 28 de agosto de 2002 dice en su art. 2: “El
farmacéutico, debidamente autorizado por la autoridad competente, es el único
responsable y capacitado para la debida dispensa de especialidades
farmacéuticas, como así también para su sustitución. En este último caso deberá
suscribir la autorización de sustitución en la prescripción. La libertad de
prescripción y de dispensa está garantizada por la elección del principio
activo y no sobre especialidades de referencia o de marca.” El sistema de
sustitución lleva más de dos décadas funcionando y parece que no ha habido
serios problemas. Y creo que cabe agregar que, si bien el médico es el único
autorizado a prescribir medicamentos, porque la ley así lo indica, el
farmacéutico es el único profesional universitario especializado en el
medicamento. Y también vale decir que, si el médico quiere sugerir una marca,
pero no puede ponerla en la receta bien puede anotarla en la receta que le da
al paciente con las indicaciones de uso. Dicho sea de paso, ya que hablamos de recetas
e indicaciones, va siendo hora de que los médicos empiecen a escribir con letra legible, les preocupa que un farmacéutico cambie
una marca por otra, pero nada les importa que haya que andar deduciendo lo que
quiso recetar o que un pobre paciente no entienda nada de las indicaciones que
le dieron por escrito. En este
sentido, parece que a los “viejos sabios de la Academia” no les preocupa que el
paciente termine yendo a la farmacia a pedir que le expliquen que le indicó el
médico y que tal vez sea un empleado quien traduzca la receta. Para que tengan
una idea de la magnitud del problema, en el año 2007, el Instituto de Medicina
de la Academia Nacional de Ciencias de los Estados Unidos informó que solamente
en ese país, la mala letra de los profesionales de la salud es la causa de
alrededor de 7 mil muertes por año y de los problemas de salud de 1,5 millones
de personas. Finalmente, sobre este punto, está claro que en algunas farmacias
la sustitución de un medicamento tal vez la haga un empleado, pero eso no
significa que sea lo que pase en la mayoría de las farmacias, como con
cualquier profesión u oficio, habrá quienes lo ejerzan bien y otros no tanto, y
en todo caso habrá que trabajar para concientizar a la población para que
exijan ser atendidos por un farmacéutico. Por supuesto que, si como propone el
DNU, banalizamos la dispensa de medicamentos y la función del farmacéutico
autorizando la venta de medicamentos de venta libre fuera de la farmacia no
vamos por el buen camino.
También he escuchado y leído en algunos
foros médicos que a algunos profesionales no les da confianza el precio de
algunos medicamentos cuando son mucho más baratos que el mismo medicamento de
un laboratorio importante. En general este razonamiento es producto del
desconocimiento de los costos y métodos de producción, y en los costos de intermediación, para no
extenderme mucho puedo resumir diciendo que
la rentabilidad que hay para el laboratorio es enorme y algunas veces lo más barato
que hay en un medicamento es el principio activo.
Otro tema que me llama la atención es porque
las asociaciones médicas que se ven tan preocupadas por los daños a la salud
que podría ocasionar la imposibilidad de sugerir una marca, no reclaman públicamente ante
otras cuestiones relacionadas con la política de medicamentos y que provocan un
daño real en la salud pública. Especialmente
por las publicidades de medicamentos de venta libre, que no solo inducen a la automedicación,
sino que además muchas de ellas dan indicaciones erróneas de uso, y esto se
vería agravado si se aprueba que los analgésicos antiinflamatorios y los
antiácidos del tipo omeprazol se puedan vender fuera de las farmacias, lo cual
crea una falsa sensación de tratarse productos con bajo nivel de riesgo. Es
importante remarcar que varias de esas publicidades son auspiciadas por asociaciones
médicas que obviamente reciben una retribución a cambio. Tampoco se quejan por
el aumento de la cantidad de especialidades que han pasado en los últimos años,
de venta bajo receta a venta libre, lo cual, como ya dije, induce a la
automedicación.
Tampoco ninguna
asociación se mostró opuesta a lo que para mi fue una verdadera campaña del miedo, que algunos llamaron
campaña de concientización. Me refiero a la campaña pro vacunación contra el Herpes
Zoster, todos deben recordarla, fue hace muy poco, resulta que en la época en
que se aprobó una nueva vacuna contra el Herpes Zoster, el laboratorio
productor, al no poder hacer publicidad porque solo se puede hacer publicidad
de medicamentos de venta libre, armó una campaña encubierta para “concientizar
sobre los beneficios de la vacunación”. No pretendo en este comentario
aconsejar o desaconsejar sobre esa vacunación en particular, solo quiero decir
que a nadie le pareció al menos poco ético que el laboratorio elaborador de la
vacuna hiciera una campaña de vacunación apelando al miedo y posiblemente
creando alarma en la población. Como me metí en este tema, para quienes quieran
conocer más sobre la vacuna o están decidiendo si vacunarse o no, les dejo en
el siguiente enlace el informe de la comisión de vacunas de la Sociedad Argentina
de Infectología. Tengan en cuenta que quienes lo redactaron han participado en
disertaciones del laboratorio productor, o sea, tal vez sean grandes profesionales
y personas honestas, pero recibieron remuneraciones del laboratorio que elabora
la vacuna, así funcionan las cosas y la medicina está repleta de conflictos de
intereses. https://drive.google.com/file/d/1MmdnqLb2AJY7gefI3uHLknrOrAY-DNvb/view?pli=1
Y esto me da pie
para meterme en un último punto, los conflictos de intereses y el fastidio que
manifestó este médico en La Nación + cuando se sugirió que los médicos querían
seguir recetando por marca porque recibían retribuciones de los laboratorios. No
debería haberse molestado tanto, ya que las retribuciones por parte de los
laboratorios a los médicos y a las instituciones médicas es algo bastante habitual, ocurre aquí y en todo el
mundo. Y además él, que no solo fue ministro de Salud de la Provincia de Buenos
Aires, sino también asesor científico de compañías como Coca-Cola y la farmacéutica
Novartis (según consta en su biografía de Wikipedia), debería saberlo. ¿Significa que todos los médicos lo hagan, o que
todas las retribuciones sean altas?, por supuesto que no, pero ocurre. Por
ejemplo, hace unos años se publicó una nota en la Revista de la Asociación Médica
Norteamericana (JAMA), donde se planteaba si era ético que los médicos
recibieran de los laboratorios bonos para almuerzos por U$S20. Pero digamos que
las gratificaciones pueden ir desde dichos almuerzos o cenas de U$S20 pasando por electrodomésticos como aires
acondicionados, a viajes con todo pago a congresos o viajes de placer por todo
el mundo. Ya en el año 2007, Consumers International, la federación mundial de
organizaciones de consumidores, denunció que los regalos de los laboratorios
estaban afectando la calidad de la atención. El informe que se titula
"Medicamentos, doctores y cenas" (marketingoverdose.org), examina las
prácticas de marketing de la industria farmacéutica mundial, pero se centra en
los países en desarrollo, entre los que se cuenta la Argentina, donde considera
que las normas son más débiles, y agrega que hasta el 50 por ciento de los
medicamentos estarían prescriptos, dispensados o vendidos inapropiadamente en
los países en desarrollo. En otro artículo más reciente en JAMA se hace
referencia a los pagos que reciben los médicos por parte de los laboratorios farmacéuticos
en Japón, y en la bibliografía de ese artículo hay varias notas sobre las
relaciones y conflictos de intereses entre las asociaciones médicas y la
industria farmacéutica. También les dejo el enlace para quien quiera
profundizar en el tema.
En Estados Unidos existe una página donde se
puede conocer las relaciones financieras que tanto los médicos individuales
como las instituciones proveedoras de servicios de salud tienen con las
compañías farmacéuticas y de dispositivos médicos, la encuentran en el
siguiente enlace Home | OpenPayments
(cms.gov)
Otro conflicto de intereses se da por
ejemplo con las directrices alimentarias para los Estados Unidos (DGA), dicha
guía es la que da los lineamientos sobre cómo debe ser la alimentación, entre
otras cosas que alimentos deben priorizarse y cuales evitarse, así que es fácil
imaginarse lo importante que es para la industria lo que esta guía aconseje. Es
por eso por lo que tanto la industria alimenticia como la farmacéutica han buscado
influenciar las directrices y para ello han tendido lazos financieros con los
expertos que conforman el comité asesor que redacta la guía (DGAC). Para el
período 2020-2025 el comité estaba compuesto por 20 miembros y el 95% de ellos
tenía conflictos de intereses con la industria alimenticia y farmacéutica,
entre ellos Kellogg, Abbott, Kraft, Mead
Johnson, General Mills, Dannon y el International Life Sciences Institute
(ILSI).
Está claro que una guía alimentaria fidedigna
resulta de un proceso basado en la ciencia, objetivo y transparente. Fue así como
en el año 2017 un reporte de la Academia de Ciencias, Ingeniería y Medicina
instó al Departamento de Agricultura (USDA) y los Servicios Humanos y de Salud
(HHS) que eviten designar miembros con conflictos de intereses significativos,
y para divulgar más plenamente sus vínculos con la industria. Recién en el año
2023, por primera vez, USDA y HHS publicaron divulgaciones públicas parciales
de conflictos de intereses del DGAC 2025, que mostraron que los miembros del
DGAC tienen vínculos con grandes empresas alimentarias y farmacéuticas y grupos
industriales. Sin embargo, estas divulgaciones fueron voluntarias, agregadas a
todos los miembros de la DGAC, no identificaron los conflictos de cada miembro
individual y solo cubrieron el último año.
En un reciente informe se recopilaron
los datos disponibles públicamente relacionados con cada uno de los 20 miembros
de la DGAC, encontrando conflictos de intereses. Se concluyó que 13 de los 20
miembros del DGAC tenían riesgo medio o posibles conflictos de intereses con
actores de la industria. Los hallazgos incluyen:
• 9 de los 20 miembros tenían riesgo
alto (8) o riesgo medio (1), conflictos de intereses con los alimentos (8), con
el rubro farmacéutico (3), y con empresas o grupos industriales relacionados a
la pérdida de peso (2), la mayoría de las veces en forma de apoyo a la
investigación y consultoría.
• 4 de 20 miembros tenía posibles conflictos de intereses con
empresas u organizaciones alimentarias y farmacéuticas que tienen un historial
de patrocinio corporativo y cabildeo en la elaboración de las directrices.
• Determinados actores tenían vínculos con dos
o más miembros, incluyendo a Abbott (4), Novo Nordisk (3), National Dairy
Council (3), Eli Lilly (2) y Weight Watchers (WW) Internacional (2).
Será casualidad
que algunos miembros que participan de la redacción de la guía alimentaria
tengan relación con compañías farmacéuticas que lideran el mercado de drogas
antidiabéticas y para el tratamiento de la obesidad, seguramente debe ser
casualidad…, la cuestión es que, con conflictos de intereses de alto riesgo aún
presentes en el DGAC, el público no puede tener confianza que el consejo alimentario
oficial del gobierno de los EE. UU. está libre de la influencia de la
industria. En el mismo sentido podemos mencionar que Oprah Winfrey, la popular
conductora televisiva de EE. UU. y una de las personas más influyentes en ese
país, estuvo durante una década en el directorio de la compañía Weight Watchers,
la cual abogaba por bajar de peso con disciplina, dieta y ejercicio. Ahora la
empresa empezó a aconsejar medicamentos adelgazantes y si bien Oprah renunció a
su cargo, hizo hace poco un especial en horario central donde informó sobre las
cuatro drogas que antes se usaban solo para tratar la diabetes y ahora se usan
para combatir la obesidad y aclaró que ella mantiene su peso gracias a una de
esas drogas. Al día siguiente, Whoopi Goldberg, que conduce otro talk show muy
popular (The View), dijo que ella también usa esos medicamentos. La demanda de
los productos se disparó al punto que los medicamentos casi se agotaron. Uno de
esos medicamentos se llama Ozempic, del laboratorio danés Novo Nordisk, le
llaman la droga de Hollywood porque muchas estrellas la usan para adelgazar. En
el último semestre del 2023 el laboratorio ganó 5266 millones de euros y su
capitalización supera el PBI de Dinamarca. Tal es así que la evolución del PBI
danés se analiza con y sin Novo Nordisk, si se toma en cuenta al laboratorio el
PBI aumentó un 2% en el último año y sin considerar al laboratorio el PBI bajó
un 0,1%.
Les dejo los enlaces
donde pueden conocer más al respecto.
dietary-guidelines-advisory-committee-conflicts-2023.pdf
(usrtk.org)
Conclusiones:
A modo de resumen
de todo lo escrito podemos concluir lo siguiente:
En Argentina casi
no hay medicamentos genéricos, la mayor parte del mercado farmacéutico se basa
en copias.
Solo una pequeña
parte de los medicamentos cuentan con estudios de biodisponibilidad.
Se puede decir en
base a la experiencia empírica (dado que el Sistema Nacional de
Farmacovigilancia no funciona de manera óptima) que la industria farmacéutica
en Argentina en general elabora medicamentos seguros y confiables, puede haber
desvíos de calidad, pero son relativamente pocos casos y que pueden afectar
tanto a laboratorios de primera línea como a laboratorios de menor relevancia.
Los médicos
pueden saber que el medicamento que ellos recetan funciona, pero en general no saben
si todos los otros similares no funcionan de la misma manera, de hecho y como
ya lo dije, la experiencia empírica indica que en general todos funcionan.
La Academia
Nacional de Medicina está en todo su derecho a emitir su opinión ante lo que
considera un problema grave para la atención médica y la salud, pero resulta
llamativo que no emita opinión ante otros tantos problemas de salud, ya sea que
estén relacionados con los medicamentos o de cualquier otro tipo.
Los conflictos de
intereses entre los profesionales de la salud, las asociaciones médicas y la
industria son moneda corriente en todo el mundo, en algunos países se trata de
solucionarlos o minimizarlos, aquí eso por ahora no sucede, y algunos médicos
se sienten ofendidos cuando se menciona el tema.
La pregunta final
es si el hecho de recetar por nombre genérico sirve para bajar el precio de los
medicamentos, yo opino que ayuda, pero el mercado farmacéutico es muy complejo
y hay muchas otras cuestiones para tener en cuenta, daría para otra larga
discusión, lo que no se puede hacer es minimizar la posición dominante y el inmenso
poder de fuego económico de las compañías farmacéuticas, que les facilita la compra
de voluntades. Hace casi 60 años el presidente Arturo Ilia y su ministro de
salud, el Dr. Arturo Oñativia intentaron regular la producción y la
comercialización de medicamentos, la ley sancionada se llamó justamente Ley Oñativia.
Luego del golpe de estado que depuso al presidente Illia, una de las primeras
medidas que tomaron los golpistas fue derogar dicha ley. Algún historiador,
cuyo nombre no recuerdo, dijo que en Argentina todos los golpes de estado
tuvieron olor a petróleo, posiblemente así sea, pero se podría agregar que el
golpe contra el Dr. Illia tuvo, además, mucho olor a medicamento.
Dr.
Fabián H. Lavalle
Farmacéutico
M.N. 11060 / Bioquímico M.N. 7208
drfabianlavalle.blogspot.com
www.saturnargentina.com.ar
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